Derecho de patentes en la era digital: Retos y actualizaciones necesarias.

Te imaginas trabajar durante años para lograr la creación de tu vida, de un invento que podría cambiar la historia de la humanidad y finalmente perder el crédito por la falta de dinero para registrarlo y finalmente morir en el olvido. Ello a ocurrido en no pocas ocasiones a lo largo de la historia. Desde la creación de la bombilla,  en el que Thomas Edison y Joseph Wilson Sway lucharon en pleitos legales por la patente y finalmente decidieron unirse para crear la hoy multinacional General Electric . Pasando por el pleito entre Alexander Graham Bell y Antonio Meucci, por el plagio del primero, de un invento tan revolucionario como lo fue el teléfono. Hasta las demandas millonarias por parte de los hermanos Cameron y Tyler Winklevoss contra el actual CEO de Facebook Marck Zuckerberg, por el descarado plagio a su idea de creación de la multimillonaria red social.

Teniendo en cuenta estos ejemplos a lo largo de la historia, pareciese que el plagio de las ideas es pan de cada día y es algo que ha existido desde que el ser humanoha comenzado a pensar. El derecho de patentes protege y reconoce la inversión y los esfuerzos realizados por un inventor para lograr una solución que otorgue beneficios a la humanidad. Este privilegio consiste en el derecho a percibir beneficios económicos por el invento por un tiempo determinado a cambio de una contraprestación al Estado por dicha protección.  

Actualmente Colombia y los países que hacen parte de la Comunidad Andina de Naciones(CAN), (Perú, Colombia, Ecuador, Bolivia y Chile), encuentran regulado el derecho de patentes en la circular de la comisión (CAN) número 486 del 2000. En ella se integran desde cuales son los inventos que pueden ser patentados,  cuanto es el término de protección por parte del estado, las consecuencias de la no explotación económica del producto y los términos bajo los cuales la patente puede quedar a dominio público.

A pesar de ser una norma novedosa en su tiempo, la misma adolece de actualización para los problemas del mundo contemporáneo. En su momento, la protección de la inventiva se limitaba a productos tangibles, tales como fórmulas farmacéuticas, autos y dispositivos electrónicos. Sin embargo, esta norma no ha sido actualizada a los requerimientos del mundo moderno en cuanto a los registros de software o de patentes de código muy necesarios a nivel mundial. 

En la actualidad, en Colombia enfrenta el desafío de la ausencia de una normativa exclusiva para proteger la inventiva de software y los derechos de propiedad intelectual de los desarrolladores. Actualmente, esta forma de creación es considerada como una obra literaria, sin tomar en cuenta que se
trata de un conjunto de elementos de código que permiten la realización de procesos que facilitan la vida humana. Es importante tener en cuenta que el mundo avanza a un ritmo más acelerado que el marco legal existente, especialmente con el surgimiento de tecnologías como la inteligencia artificial, los chips 
implantados en el cerebro y los teléfonos inteligentes. En este sentido, el sistema de patentes en América Latina se encuentra rezagado a la hora de abordar los problemas actuales, y ni siquiera se vislumbra una respuesta efectiva para los desafíos que traerá el futuro.

Nota:

Si requieres asesoría en temas de propiedad intelectual, registro marcario, de patentes o propiedad industrial, no dudes en contactarnos.

Agradecemos a la Revista Juventud por este espacio, desde el equipo de Intégralo Soluciones
SAS.

Una nota de cristal, de Pablo Castromáster en Derecho, Empresa y Justicia, de la Universidad de Valencia, España.

Revista Juventud, Notas De Cristal Para Una Generación En Construcción.
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