Gobierno presenta borrador de la nueva política del servicio público de energía | Revista Juventud

El Gobierno de Colombia ha presentado el borrador de un decreto con el fin de garantizar la eficiencia y transparencia en el mercado mayorista de energía eléctrica del país.

  • El decreto establece políticas para la disminución de los costos de transacción de las coberturas en el mercado mayorista, la valoración del recurso hidroeléctrico y las medidas para el seguimiento y monitoreo del poder de mercado en las ofertas de precio en bolsa.

  • La CREG será la entidad encargada de definir las reglas y metodologías para la aplicación de estas políticas en el mercado mayorista de energía eléctrica.

  • La valoración del recurso hidroeléctrico se hará con el fin de fomentar el uso eficiente de los recursos hidroeléctricos del país, así como velar por su aprovechamiento económico y sostenible.

  • Los agentes que representen unidades de generación hidráulica deberán atender las reglas definidas por la CREG para su participación en el despacho, con base en criterios como la valoración a mínimo costo de las ofertas de generación, la valoración económica de los vertimientos que no estén sustentados en reglamentaciones ambientales o técnicas y la valoración a mínimo costo de la generación por seguridad cubierta con recursos hídricos.

  • Para el seguimiento y monitoreo del poder de mercado en las ofertas de precio en bolsa, se deberán implementar procedimientos técnicos que permitan detectar, en tiempo real, el posible ejercicio de una posición dominante de los agentes en las ofertas de energía en bolsa que presenten al Centro Nacional de Despacho, CND.

  • La metodología para el control del posible ejercicio de posición dominante deberá basarse en referentes técnicos y considerar criterios como la incidencia de las ofertas agregadas de un mismo agente para la atención de la demanda, el comportamiento histórico de oferta de las unidades de cada uno de los agentes y las condiciones de restricciones del sistema que influyan en la necesidad de un recurso de generación.

  • La CREG revisará y ajustará el esquema regulatorio de garantías y de limitación de suministro con el fin de optimizar las coberturas exigidas para las transacciones en el Mercado Mayorista de Energía, para reducir los costos de garantías por las transacciones y flexibilizar los montos a garantizar y su periodicidad ante variaciones en las liquidaciones de las transacciones del mercado.

  • El decreto rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Descarga el borrador del decreto aquí: Descargar

Uno de los puntos más destacados del Decreto es la valoración del recurso hidroeléctrico, que busca fomentar el uso eficiente de los recursos hidroeléctricos del país y velar por su aprovechamiento económico y sostenible. Para ello, los agentes que representen unidades de generación hidráulica deberán atender las reglas que defina la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) para su participación en el despacho. Las reglas se basan en criterios como la valoración a mínimo costo de las ofertas de generación cuando correspondan al cumplimiento de los caudales mínimos ambientales o fitosanitarios que debe atender la planta, la valoración económica de los vertimientos que no estén sustentados en reglamentaciones ambientales o técnicas, y la valoración a mínimo costo de la generación por seguridad cubierta con recursos hídricos. Además, se establecen criterios para la declaración de disponibilidad de las unidades que no cumplan con la capacidad mínima de regulación de embalse o las unidades filo de agua.


Otro aspecto importante del Decreto es el seguimiento y monitoreo del poder de mercado en las ofertas de precio en bolsa. La CREG establecerá una metodología con los procedimientos, controles y herramientas de mitigación, la cual deberá basarse en referentes técnicos. Se considerarán criterios como la incidencia de las ofertas agregadas de un mismo agente para la atención de la demanda, el comportamiento histórico de oferta de las unidades de cada uno de los agentes que tienen incidencia en la atención de la demanda y las condiciones de restricciones del sistema que influyan en la necesidad de un recurso de generación. Los resultados de la implementación de la metodología de control del posible ejercicio de posición dominante deberán evaluarse con análisis ex post al menos cada dos años.


Además, se establecen políticas para la disminución de los costos de transacción de las coberturas en el mercado mayorista. En función del principio de eficiencia económica, la CREG revisará y ajustará el esquema regulatorio de garantías y de limitación de suministro, con el fin de optimizar las coberturas exigidas para las transacciones en el Mercado Mayorista de Energía. Se buscará reducir los costos de garantías por las transacciones, incluir mecanismos existentes en los mercados financieros para garantizar las transacciones en el mercado de energía, y flexibilizar los montos a garantizar y su periodicidad ante variaciones en las liquidaciones de las transacciones del mercado.


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